INFORME SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS EN ALISTE (PARQUE DE BOMBEROS DE SAN VITERO)
INFORME SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE
INCENDIOS EN ALISTE (PARQUE DE BOMBEROS DE SAN VITERO)
Lo primero que conviene aclarar en relación a este asunto es el hecho de que el parque
de bomberos de San Vitero no pertenece al Consorcio Provincial de Bomberos
(institución pública de la que forman parte la Diputación y la mayoría de los
ayuntamientos de la provincia), sino a la Mancomunidad Tierras de Aliste.
Lo que existe es una relación contractual (un convenio) entre la Mancomunidad y el
Consorcio, para el mantenimiento del parque. Pero en todo caso la responsabilidad
última recae en la Mancomunidad, en definitiva, en los ayuntamientos de la comarca.
Como se ve en el siguiente mapa, las zonas de actuación dentro de la provincia están
repartidas según el parque de que se trate. Por lo que respecta a Aliste, si hay una
emergencia, el primer aviso llega al parque de San Vitero, y son sus bomberos
voluntarios quienes se dirigen al lugar del suceso y actúan, y no los profesionales más
cercanos, en este caso los del parque de bomberos de Rionegro del Puente (o, en
Sin embargo, según la legislación (ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección
Ciudadana de Castilla y León, concretamente su artículo 38), los “voluntarios para la
extinción de incendios” (en los que podemos incluir a los bomberos voluntarios de San
Vitero), únicamente pueden realizar “tareas de colaboración dentro del ámbito
competencial del servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento” y
además éstas tareas “se llevarán a cabo bajo la dirección, la organización y el control
de dicho servicio”. Ese “servicio de prevención…” se define en el mismo artículo como
un servicio profesional, y en este caso correspondería a los bomberos de Rionegro (o
Bermillo). El Incumplimiento de la ley en la práctica es, por tanto, doble, ya que son los
bomberos voluntarios quienes realizan el servicio, y además sin la supervisión de los
profesionales.
De hecho, se incumple incluso la propia ley de voluntariado de Castilla y León, ya que
los bomberos voluntarios de San Vitero no aparecen registrados en el correspondiente
registro, como se puede comprobar en la página web de la Junta de Castilla y León.
Por otra parte, en caso de que uno de los bomberos voluntarios sufriera un accidente
realizando labores de extinción o salvamento no está muy claro quién se
responsabilizaría de ello, pues a día de hoy no existe un seguro que los cubra. De
hecho, ni los bomberos profesionales tienen seguro de vida, solo un seguro de
responsabilidad civil y el amparo de la seguridad social, cosa que no ocurre en los
voluntarios de Aliste, ya que no están dados de alta en la Seguridad Social.
Otro procedimiento fuera de la ley consiste en la firma de convenios de colaboración
entre la mancomunidad (auspiciada por el consorcio provincial) y las instituciones
portuguesas para que sus bomberos puedan actuar también a este lado de la frontera,
cuando quienes deberían intervenir según la ley, como se ha dicho, son los
profesionales. Se da el caso de intervenciones en que se avisa desde San Vitero a los
bomberos portugueses, cuando los de Rionegro están más cerca. De hecho, nunca se
pida el apoyo de los bomberos profesionales desde San Vitero.
Por otra parte, desde hace tiempo, justo desde el momento en que se desmanteló el
parque profesional de San Vitero (año 2010), el sindicato UGT ha denunciado estos
hechos, lo que ha provocado la respuesta pública de la Mancomunidad Tierras de
Aliste. El sindicato reclama que se cree un parque profesional en la zona, mientras
desde la mancomunidad se asegura que eso no es posible porque no hay presupuesto
para ello (a pesar de no ser esta entidad la que lo financiaría).
Respecto al carácter “voluntario” de estos bomberos, la ley de voluntariado de Castilla
y león (Ley 8/2006, de 10 de octubre de 2006) dice que no habrá ningún tipo de
retribución por la prestación como voluntario de estos servicios. Lo que está
contemplado, siempre que se posean fondos, es que por servicios de ocho horas se
haga una prestación por kilometraje y manutención alimentaria, si la situación del voluntario así lo requiriese.
Los voluntarios de San Vitero, sin embargo, cobran,
según hemos podido saber, treinta euros al mes como concepto fijo, más diez euros por cada
Los voluntarios de San Vitero, sin embargo, cobran,
según hemos podido saber, treinta euros al mes como concepto fijo, más diez euros por cada
hora de servicio si hay una intervención, mientras los bomberos profesionales que
coordinan a los voluntarios del parque cobran por ello (aparte del trabajo que realizan
en sus respectivos parques) un mínimo de trescientos euros fijos al mes, más otras
cantidades, según parece no justificadas por el consorcio. Así, según la UGT, estos
bomberos profesionales incurren en una falta muy grave según la ley de
incompatibilidad de la función pública, lo cual ha sido denunciado ante el Consorcio, y
ante el contencioso-administrativo, pero hasta la fecha parece que no ha recibido
respuesta por parte de unos ni de otros.
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